El Pleno aprobó el proyecto de ley N° 4952-2022CR que sugiere que los establecimiento pueden ser clausurados temporalmente por las municipalidades cuando exista un peligro inminente para la vida, la salud, la seguridad propia o propiedad de las personas.
La iniciativa legislativa aprobada propone fortalecer las libertades de empresa y comercio reconocidas en el artículo 59 de la Constitución, al precisar las causales de clausura municipal de establecimientos.
De igual forma, el proyecto dispone que estas causales solo procederán por el incumplimiento de las normas de seguridad en el establecimiento, y que no puedan ser subsanados en el acto de inspección.
Además, se establece que la clausura se levantará dentro de las 48 horas siguientes a la fecha en que el titular subsane las observaciones que motivaron la medida y lo comunique a la entidad competente, por lo que, si la autoridad no responde dentro del plazo señalado, la clausura queda sin efecto automáticamente.